Partir de una
noción absoluta de justicia de por sí irrita su definición como tal. Por lo
que, cuando ésta es contrastada en términos de "equidad" −moderna,
tal vez, mas aún, posmoderna− degenera en injusticia. Porque la vigencia del
cuestionamiento de toda entidad trascendente que se pretenda universalista es,
como lo atestigua la historia, (justa)mente contraproducente y como tal,
injusta.
La noción de
justicia (local o no-local) se adscribe a determinada formación de orden y ésta
última, se funda y se define no necesariamente en la negociación -de la norma-
entre los portadores del poder y sus subordinados, en tanto y en cuanto las
prácticas de justicia resistan el placer por lo social, específicamente, por el
"bien social".
¿El derecho precede
a la ley?: hoy, no es el huevo ni la gallina. La ley puede amparar la violencia
y los ciudadanos, tener derecho a ajusticiar.
Evidentemente la ley nace de la permisividad del pueblo mismo. No se puede hablar de justicia o legitimidad sin antes evaluar a la sociedad en si, la moral y la costumbre son pilares en la legislatura que rige a cada nación. La pregunta sería, que es la justicia en si, y quien determina lo que está bien o no.
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